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Pensar nuevamente la ciudad


La tragedia nos obliga a pensar nuevamente la ciudad, nuestra ciudad. A cuestionarnos otra vez sus funciones, sus interacciones, su manera de organizarse, sus modalidades de apropiación y usos, sus valores, su viabilidad, su gobierno y administración, su forma de hacerse, de crecer, así como su construcción.


La pérdida de vidas y la profunda afectación al patrimonio de miles de familias expone la vulnerabilidad social, económica así como la debilidad de la capacidad de respuesta institucional frente a catástrofes, que sólo es atenuada por la muestra colectiva decidida, espontánea y generosa de la solidaridad. Esta fuerza y unidad solidaria ya demostró su capacidad de organización social y política en los sismos de 1985 y en la consolidación de liderazgos y organizaciones sociales a partir de ese año, en las elecciones federales de 1988 y en formación de nuevas expresiones y organizaciones políticas de importancia nacional a partir de 1989-. Hace 32 años, los sismos también cimbraron y obligaron a recomponer el sistema político e institucional mexicano. Hoy, la esperanza está nuevamente viva, lo lamentable es que deba ocurrir una tragedia para que la sociedad retome conciencia de su fuerza y capacidad organizativa y transformadora.


Es necesario aprender la lección, no olvidarlo: la sociedad tiene la capacidad de definir el rumbo de la vida nacional y no perder como hace 32 años, la importancia de su protagonismo, menos aún cuando en los próximos meses se definirá en el proceso electoral la decisión de la sociedad mexicana respecto a la personalidad y filiación política del gobierno federal que deberá conducir al país hasta el año 2024, esto es, hasta la primera cuarta parte del siglo XXI.


En este contexto, es urgente y prioritario dar respuesta en el corto plazo a la crisis dejada por el sismo; identificamos como prioritarias las siguientes líneas de actuación:


  • Evitar que la tragedia que afecta a los damnificados del sismo se convierta en una veta lucrativa en sentido económico y político de empresas inmobiliarias y constructoras, de consultoras especializadas, de la clase política y de partidos políticos, de funcionarios gubernamentales, pero también de líderes y organizaciones sociales, de organizaciones no gubernamentales e incluso, de los miembros de la academia en sus diferentes disciplinas.

  • Tanto la gestión de vivienda como la reconstrucción de comercios, oficinas y de las instalaciones vinculadas a la actividad económica debe fincarse en la atención individual para evitar la formación de clientelas políticas.

  • La gestión de la reconstrucción debe considerar: la identificación y veto a todas las empresas constructoras e inmobiliarias responsables de las 2 Pensar nuevamente la ciudad viviendas y edificaciones dañadas; aquellas que en los años recientes registren incumplimiento, irregularidades e infracciones a los procedimientos administrativos, normatividad urbana y reglamentos constructivos.

  • Es necesaria una profunda reforma urbana para construir un nuevo orden legal, institucional, administrativo y normativo, que integre al desarrollo urbano y la vivienda y, una adecuada correspondencia con los ámbitos ambiental, de protección civil, con la provisión de infraestructuras y, con la prestación de servicios públicos y privados. El marco jurídico de la reforma urbana debe considerar con precisión las responsabilidades administrativas y penales de su incumplimiento.

  • Para combatir la corrupción y hacer más eficiente la gestión urbana es necesario incorporar "nuevas" figuras como la del Curador Urbano (notario urbano que en Colombia ha contribuido notablemente a la regeneración de sus ciudades desde hace 22 años, cuyo ejemplo más destacado es la ciudad de Medellín) y vencer el persistente rechazo de la administración pública y del sector privado mexicanos, que temen perder sus cotos de poder y lucro. El perfil profesional especializado de los curadores urbanos les permitiría realizar las labores de revisión, supervisión y verificación del desarrollo de las obras con cargo de sus costos a los propietarios de las edificaciones.

  • Al Registro de Planes y Programas debe sumarse un archivo central de memorias de los proyectos aprobados de las edificaciones con las constancias de las supervisiones efectuadas (ash bit validados en campo).

  • Hoy, la coyuntura hace posible que una parte muy importante del presupuesto destinado a los partidos políticos, en particular al gasto multimillonario de las campañas electorales del año 2018, pueda dirigirse a la reconstrucción de las ciudades y viviendas afectadas, el Fondo Nacional de Atención a Desastres de la Ciudad de México (9.5 mil millones de pesos), los presupuestos y asignaciones sectoriales, así como de las aportaciones de países, empresas, personalidades y de la sociedad mexicana (estimados en más de 56 millones de USD). El reto lo tiene el Comité Científico para la Reconstrucción de la Ciudad, instalado el pasado 2 de octubre, quien debe sumar la participación social, ser transparente en su selección de equipo, acciones y recursos.

  • Transparentar y rendir cuentas de forma periódica y públicamente sobre el destino de los recursos. Definir con exactitud el origen, las fuentes de recursos, montos y asignación a acciones específicas.

  • Responsabilidad administrativa y penal en su caso, a empresas, personas físicas, funcionarios públicos, Directores Responsables de Obra (DRO), Corresponsables en Diseño Urbano y Arquitectura (CDUyA), 3 Pensar nuevamente la ciudad Peritos en Desarrollo Urbano (PDU) y otras especialidades certificadas que hayan incurrido en falsedad de declaraciones, omisiones, errores e insuficiencias en sus dictámenes técnicos que sean causales de daños patrimoniales y de poner en riesgo la vida de los habitantes y usuarios de edificaciones.

  • Es necesario hacer una depuración de empresas y personas prestadoras de servicios, funcionarios públicos y de profesionales con prácticas reprobables y documentadas en el uso de sus acreditaciones. En el sector público debe evitarse la "migración institucional" de empresas y personas en la condición mencionada para evitar acciones fraudulentas y sin consistencia técnica.

  • Los principales instrumentos de planificación urbana y territorial no han sido actualizados en al menos 14 años, su vigencia es la siguiente: el Programa de Desarrollo Urbano para la Ciudad de México desde el año 2003, el Programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México desde el año de 1998, el Programa General de Ordenamiento Ecológico desde el año 2000. Los tres programas han tenido actualizaciones fallidas. Hoy se requiere elaborarlos con la participación de profesionales expertos en planificación territorial y urbana y vincularlos a los Atlas de Riesgos en cada escala. En tanto el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva previsto en la Constitución de la Ciudad de México dictaminará los programas urbanos, su integración debe estar conformado por personal especializado, con prácticas transparente y abierto a la participación de la ciudadanía.

  • La reconstrucción de la ciudad debe ser planificada, ejecutada y supervisada en forma concurrente y coordinada por los tres órdenes de gobierno y entre las diversas dependencias gubernamentales.


​a. Es necesaria la congruencia entre los instrumentos de planificación de los ámbitos metropolitano, de la Ciudad de México y de las futuras alcaldías, al igual que en entidades y municipios, pues es de esperase una migración hacia otras ciudades.


b. Es impostergable la correspondencia entre los criterios de planificación urbana, ambiental y de riesgos y vulnerabilidad.


c. Es indispensable la compatibilidad y complementariedad de las políticas urbanas en sus diferentes ámbitos con la política de vivienda de los Onavis y Orevis, donde la actuación del sector inmobiliario se sujete a las directrices gubernamentales.


d. La expropiación de inmuebles derruidos y gravemente afectados es un instrumento necesario para encauzar el programa de reconstrucción, para facilitar la intervención e impulsar la 4 Pensar nuevamente la ciudad regeneración urbana. En el caso de las edificaciones destinadas a vivienda, este instrumento ofrece certidumbre de arraigo a los habitantes de los inmuebles. En el caso de inmuebles con otros usos cuyos propietarios no cuentan con la capacidad económica para rehabilitarlos o demolerlos, se promueve la incorporación de suelo para usos habitacionales, de equipamiento y de espacios abiertos.


  • La planificación, diseño y ejecución de programas y acciones de intervención debe ser realizada por personal calificado, con formación y trayectoria profesional, honorabilidad, acorde a los requerimientos de la reconstrucción. Una tarea de esta importancia no debe permitir improvisaciones ni intervenciones de falsos especialistas.


​a. Es inaplazable que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano establezca los Lineamientos para la Certificación de Especialistas en Gestión Territorial, referidos en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para coadyuvar en una participación responsable en la planeación urbana de la ciudad.


b. Es indispensable la certificación técnica y de la experiencia profesional del personal de empresas, consultorías, organizaciones no gubernamentales y universidades que participen en las etapas de planificación urbana, diseño y construcción de vivienda, equipamientos, espacios públicos de esta reconstrucción, así como del planteamiento de nuevas normas, instrumentos, leyes y reglamentos.


  • La reconstrucción debe ser un ejercicio integral que incluya la participación social efectiva, fomente el arraigo de sus habitantes y la cohesión social, construya ciudad y espacio público incluyente y materialice la capacidad social de las ciudades mexicanas para construir la modernidad del Siglo XXI con criterios de sustentabilidad ambiental, seguridad constructiva, resiliencia urbana, transparencia, con conservación de los valores patrimoniales y generar nuevos esquemas de financiamiento para la reconstrucción que apuntalen el nuevo orden urbano.


​a. Se requiere un óptimo aprovechamiento de los predios con edificaciones afectadas para construir vivienda bajo el principio del arraigo de las familias originales y de la capacidad definida en la zonificación normativa (con la inclusión comercio y servicios si son compatibles y con la valoración de disminuir el coeficiente de ocupación de suelo en los casos de zonas de alto peligro sísmico).


b. Reactivación de zonas comerciales que se han visto afectadas por la disminución de afluencia de consumidores, con la observancia del cumplimiento de la normatividad urbana.


c. Reactivar y aplicar con estricto rigor y control la Norma de Ordenación General 26, que estimula la construcción de vivienda de interés social. Su aplicación fraudulenta por constructores y la corrupción en las instituciones no invalida el propósito de beneficio social de esta norma.


d. Revisar la definición de polígonos de los sectores urbanos donde actualmente se pretende incrementar la densidad constructiva y demográfica sin haber considerado las capacidades reales de las infraestructuras urbanas, la movilidad y la incidencia de riesgos y vulnerabilidades.


e. Evaluar la aplicación de figuras normativas que han sido usadas en forma inadecuada e indiscriminada como los polígonos de actuación, sistemas de actuación por cooperación, el sistema de transferencia de potencialidades de desarrollo urbano y los cambios de uso del suelo.


f. Dar transparencia a los fideicomisos privados que se han creado para operar estas aplicaciones normativas, los recursos públicos, su manejo debe ser público.


g. Aplicación del Artículo 66 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en relación a que tratándose de acciones, proyectos u obras que se encuentren ubicados en zonas de alto riesgo conforme a los planes o programas de desarrollo urbano y ordenamiento territorial aplicables, las autoridades antes de otorgar licencias relativas a usos del suelo y edificaciones, construcciones, así como factibilidades y demás autorizaciones urbanísticas, deberán solicitar un estudio de prevención de riesgo que identifique que se realizaron las medidas de mitigación adecuadas, en los términos de las disposiciones de esta ley, de la Ley General de Protección Civil y las normas oficiales mexicanas aplicables.


h. Formular una cartera de proyectos prioritarios y acciones aplicables para el ejercicio fiscal 2018: i. Del Fondo de Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) que permita no sólo atender y reaccionar ante los daños causados, sino tomar medidas para mitigar y/o prevenir los riesgos. ii. Del Fondo de Capitalidad, en particular a la línea de acción de infraestructura y equipamiento en materia de protección civil y rescate, a efecto de mantener las condiciones que requiere la Ciudad de México como sede de 6 Pensar nuevamente la ciudad los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. iii. Del Fondo del Patrimonio Cultural para el rescate de los valores patrimoniales de la ciudad.


Al pensar nuevamente la ciudad, nos obliga a no soslayar más la evidente realidad: hemos alcanzado umbrales críticos y con alto riesgo de irreversibilidad en materia ambiental (disponibilidad de agua, contaminación atmosférica, inestabilidad del suelo del antiguo lecho lacustre), altos costos de la funcionalidad urbana (energética y operacional), modelo obsoleto, insuficiente, inadecuado y costoso de movilidad, por mencionar algunos problemas centrales. Lo anterior nos lleva a pensar que el Valle de México y su principal ciudad han alcanzado sus límites. Es la hora de pensar en la descentralización, en un modelo viable, sustentable, resiliente y equitativo de desarrollo regional del país, así como con pleno respeto a los derechos humanos.

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